¿Quiénes son sujetos obligados de la LOPIVI?
Esta normativa abarca diferentes ámbitos, desde el administrativo y familiar, hasta el empresarial. Así, la LOPIVI afecta a todas las empresas o entidades que, en el desarrollo de su actividad, entren en contacto con menores de edad, ya sea de forma presencial, telemática o a través de cualquier otro medio.
Algunos ejemplos de entidades a las que afecta la LOPIVI son:
- Centros educativos: colegios, institutos, universidades, academias, etc.
- Entidades deportivas: clubes deportivos, escuelas de danza, etc.
- Entidades culturales: centros de ocio, ludotecas, bibliotecas, etc.
- Entidades de servicios sociales: centros de acogida, residencias, etc.
Obligaciones para los centros educativos bajo la LOPIVI
Todos los centros educativos elaborarán un plan de convivencia, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Este documento debe contemplar:
1. Designación de un Coordinador de Bienestar y Protección del Alumnado: cada centro educativo debe contar con esta figura, encargada de velar por el bienestar y la protección del alumnado. Sus funciones incluyen:
- Promover protocolos de actuación ante situaciones de violencia.
- Actuar como enlace entre el centro, las familias y las autoridades competentes.
- Comunicar de manera inmediata cualquier indicio de tratamiento ilícito de datos personales relacionados con menores a las agencias de protección de datos.
2. Implementación de protocolos contra la violencia: los centros deben desarrollar e implementar protocolos claros para la detección, notificación y actuación ante casos de violencia contra menores.
3. Formación del personal educativo: el personal docente y administrativo debe recibir formación específica en materia de prevención, detección y actuación frente a situaciones de violencia infantil.
4. Protección de datos personales de los menores: los centros deben promover la privacidad de los menores en la difusión de imágenes, vídeos, y otros datos personales. Además, de establecer medidas para prevenir la divulgación no autorizada de información sensible, como en redes sociales o aplicaciones de mensajería.
5. Fomento de la participación infantil: crear espacios en los que los menores puedan expresar sus opiniones y preocupaciones, participando activamente en la creación de un entorno seguro y respetuoso.
6. Promoción del buen uso de las tecnologías: educar y concienciar a los menores sobre el uso responsable de dispositivos y plataformas digitales para prevenir riesgos como la sextorsión, la difusión de contenidos sexuales o violentos, y otros delitos cibernéticos.
Estas medidas buscan garantizar la protección integral de niños y adolescentes frente a cualquier forma de violencia, reforzando la responsabilidad de los centros educativos como entornos seguros y protectores.